Cap V Tít PRELIMINAR LRJSP; Tít 2 L 11/2007; Tít 1 Real Decreto 203/2021;
1.- Portales
de internet de las Administraciones Públicas.- ARt 39 LRJSP; 5 RD 203/2021
2.- Punto
de Acceso General electrónico (PAGe).- art 7 RD 203/2021
El Punto de Acceso General
electrónico de cada Administración Pública facilitará el acceso a los
servicios, trámites e información de los órganos, organismos públicos y
entidades vinculados o dependientes de la Administración Pública
correspondiente.
3.- sedes
electrónicas y sedes electrónicas asociadas.- art 9 RD 203/2021
una sede electrónica es aquella
dirección electrónica disponible para los ciudadanos por medio de redes de
telecomunicaciones, mediante la que se realizarán todas las actuaciones; acceso
a los servicios y trámites disponibles en la sede electrónica o sede
electrónica asociada, con indicación de los plazos máximos de duración de los
procedimientos, así como de los efectos que produzca el silencio administrativo
4.- Carpeta
ciudadana.- art 8 RD 203/2021
Carpeta ciudadana prevista en el
artículo 8, de forma que el interesado pueda acceder a los contenidos o
funcionalidades mediante procedimientos seguros que garanticen la integridad y
confidencialidad de sus datos de carácter personal, independientemente de cuál
haya sido su punto de acceso.
2. La Carpeta Ciudadana será accesible a
través de la sede electrónica del PAGe de la Administración General del Estado
y podrá ofrecer, entre otras, las funcionalidades siguientes para el interesado
o sus representantes:
a) Permitir el seguimiento del estado de
tramitación de los procedimientos en que sea interesado, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 53.1.a) de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre.
b) Permitir el acceso a sus comunicaciones
y notificaciones.
c) Conocer qué datos suyos obran en poder
del sector público estatal, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la
normativa vigente.
d) Facilitar la obtención de certificaciones administrativas exigidas por la normativa correspondiente..
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